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Home » Documentación » Explicación detallada del formulario I-698 para ajustar estatus 245A

DocumentaciónInmigraciónTarjeta Verde

Explicación detallada del formulario I-698 para ajustar estatus 245A

Para ajustar el estatus 245A, presente la I-698 (edición 20/ene/2025 requerida desde 28/05/2025). Aporte pruebas de residencia continua y admisibilidad, cumpla ventanas de presentación (habitualmente unos 19 meses), incluya tarifas y evidencias, acuda a biometría y responda RFE. Plazos perdidos o inadmisibilidad provocan denegaciones.

Jim Grey
Last updated: August 8, 2025 9:00 pm
By Jim Grey - Senior Editor
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Puntos Clave

  1. Use la Formulario I-698 (edición 20/ene/2025) requerida desde el 28 de mayo de 2025 para 245A.
  2. Califica solo si recibió estatus 245A, mantuvo residencia continua y es admisible según la ley.
  3. Plazos perdidos (históricamente alrededor de 19 meses) o inadmisibilidad suelen causar denegaciones; responda RFE puntualmente.

Si usted fue otorgado estatus de residente temporal bajo la Sección 245A de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y ahora desea convertirse en residente permanente legal, necesita saber si califica para presentar la Formulario I-698, Solicitud para Ajustar Estatus de Residente Temporal a Permanente bajo la Sección 245A. A continuación encontrará criterios claros de sí/no para determinar elegibilidad, requisitos detallados con ejemplos, factores que descalifican, opciones alternativas si no califica y consejos para mejorar sus posibilidades.

Dive Right Into
Puntos ClaveCriterios básicos de sí/no para calificarRequisitos detallados y ejemplos prácticosProceso paso a paso (qué hacer)Factores que descalifican (sí/no claros)Opciones alternativas si no califica para I-698Cómo mejorar sus posibilidades de aprobaciónCasos prácticos que ilustran efectos realesImpacto para distintos gruposAspectos administrativos y tiemposRecursos oficiales y referenciasPasos inmediatos recomendadosAprende HoyEste Artículo en Resumen
Explicación detallada del formulario I-698 para ajustar estatus 245A
Explicación detallada del formulario I-698 para ajustar estatus 245A

Criterios básicos de sí/no para calificar

  • ¿Recibió estatus de residente temporal bajo la Sección 245A?
    • Sí: Puede calificar para presentar I-698.
    • No: No es elegible para I-698; revise opciones alternativas más abajo.
  • ¿Presenta la solicitud dentro del plazo requerido por USCIS?
    • Sí: Continúe con el proceso.
    • No: Si no cumple el plazo, la solicitud será denegada salvo que exista una regla muy específica que permita excepciones.
  • ¿Cumple con requisitos de residencia continua y admisibilidad?
    • Sí: Probablemente proceda la revisión.
    • No: Podría ser denegado por inadmisibilidad (ver sección Factores que descalifican).

Requisitos detallados y ejemplos prácticos

  • Estatus inicial requerido: Debe haber sido admitido como residente temporal bajo la Sección 245A de la INA, creada por la Ley de Reforma y Control de Inmigración de 1986 (IRCA).
    • Ejemplo: María recibió residencia temporal en 1988 bajo IRCA; ahora puede solicitar ajuste con I-698 si cumple demás condiciones.
  • Plazo de presentación: Use la edición correcta del formulario. Desde el 28 de mayo de 2025 USCIS exige la edición del 20 de enero de 2025. Presente la I-698 dentro del período que USCIS estableció, que históricamente fue aproximadamente un año después del otorgamiento del estatus temporal (a veces 19 meses según casos).
    • Ejemplo: Si a Juan le otorgaron residencia temporal el 1 de marzo de 1990, debía presentar la I-698 dentro del plazo indicado en la carta de USCIS o las instrucciones aplicables.
  • Documentación que prueba el estatus temporal: Adjunte copia de la notificación de USCIS que confirmó su estatus temporal bajo 245A.
    • Ejemplo: Carta de aprobación, tarjeta de residente temporal o cualquier documento oficial que muestre la fecha de concesión.
  • Prueba de residencia continua: Incluya pruebas como registros de trabajo, contratos de alquiler, recibos bancarios, declaraciones de impuestos, cartas de empleadores o cualquier documento que muestre presencia continua en el país desde la fecha requerida.
    • Ejemplo: Registros de empleo y declaraciones de impuestos que cubren el período solicitado.
  • Admisibilidad: Debe ser admisible bajo las leyes de inmigración. Esto significa no tener condenas que generen inadmisibilidad, no haber cometido fraude de inmigración serio ni representar amenaza de seguridad pública.
    • Ejemplo: Una condena por delito grave relacionada con violencia puede causar inadmisibilidad.

Proceso paso a paso (qué hacer)

  1. Obtenga la versión correcta del formulario I-698 (edición 20 de enero de 2025). Enlace oficial: https://www.uscis.gov/i-698
  2. Complete el formulario con información personal y su historia migratoria. Sea honesto y claro; errores pueden retrasar o provocar denegación.
  3. Reúna documentación de respaldo: prueba de estatus temporal, pruebas de residencia continua, certificados penales si aplica, evidencia de admisibilidad.
  4. Pague la tarifa requerida según instrucciones de USCIS. Consulte la página oficial para tarifas actualizadas.
  5. Presente la solicitud al centro de servicio indicado en las instrucciones del formulario. Use Form G-1145 si desea notificaciones electrónicas al recibo.
  6. Acuda a la cita de biometría si USCIS la programa (huellas dactilares, foto).
  7. Responda rápidamente a cualquier Solicitud de Evidencia (RFE).
  8. Espere la decisión; si aprueban, recibirá la tarjeta de residente permanente.

Factores que descalifican (sí/no claros)

  • Condenas por delitos graves o ciertos delitos menores con agravantes: Sí = posible descalificación.
  • Fraude o tergiversación al obtener el estatus temporal: Sí = descalificación probable.
  • No presentó la I-698 dentro del plazo establecido por USCIS: Sí = denegación probable.
  • Fue deportado o tiene una orden de salida voluntaria sin anulación: Sí = alto riesgo de denegación.
  • No puede demostrar residencia continua: Sí = riesgo de denegación.

Importante: estas causas pueden combinarse. Incluso si solo una aplica, su solicitud puede ser denegada.

Opciones alternativas si no califica para I-698

  • Ajuste por familia o empleo: Si tiene un familiar ciudadano o residente permanente que pueda peticionar por usted, podría presentar I-485 (ajuste de estatus por familia) o trámite basado en empleo. Revise requisitos y fechas de prioridad.
  • Solicitud de perdón o exención (waiver): En casos de inadmisibilidad por ciertos motivos, puede solicitar perdón si cumple criterios estrictos.
  • Procesos administrativos o apelaciones: Si su I-698 fue denegada, puede consultar recursos legales para apelación, moción para reabrir o presentar nueva solicitud si hay base.
  • Consulta con abogado: Si no califica, busque asesoría legal para explorar vías específicas según su historia migratoria.

Cómo mejorar sus posibilidades de aprobación

  • Presentar evidencia sólida de residencia: aporte múltiples tipos de documentos que, en conjunto, muestren continuidad. No dependa de un solo registro.
  • Mantener antecedentes penales limpios: si tiene cargos pasados, obtenga documentos que muestren rehabilitación o absoluciones cuando sea posible.
  • Responder rápido a RFE: una respuesta completa y puntual mejora probabilidades y evita denegaciones por falta de evidencia.
  • Usar la edición correcta del formulario: presentar versiones antiguas después de la fecha obligatoria puede causar rechazo; la edición 20/ene/2025 es la exigida desde 28/may/2025.
  • Archivar Form G-1145 junto con la I-698 para recibir notificación electrónica de recibo.

Casos prácticos que ilustran efectos reales

  • Caso A: Ana recibió residencia temporal bajo IRCA y presentó I-698 dentro del plazo con pruebas de empleo y renta. USCIS aprobó en seis meses; Ana obtuvo la tarjeta de residente permanente y luego pudo solicitar la naturalización.
  • Caso B: Carlos no presentó dentro del plazo y perdió la oportunidad de ajustar por 245A; más tarde buscó ajuste por familia y enfrentó demoras largas. Esto muestra la importancia de cumplir plazos estrictos.

Impacto para distintos grupos

  • Inmigrantes: La aprobación cambia la vida: trabajo estable, beneficios y camino a la ciudadanía. La denegación puede significar pérdida de protección.
  • Empleadores: Deben verificar el estatus laboral y estar listos para cambios en la autorización de empleo durante el proceso.
  • Familias: El ajuste a residente permanente puede permitir peticiones familiares más adelante y mayor estabilidad.

Aspectos administrativos y tiempos

  • Tiempos de procesamiento: Históricamente I-698 se procesó en varios meses; datos de formularios similares muestran medianas entre 7 y 8.7 meses. El tiempo puede variar por la carga de trabajo de USCIS.
  • Cambios recientes: La edición de 2025 cambió terminología sobre sexo y pronombres; no modificó requisitos de elegibilidad. USCIS no realizó periodo de comentarios públicos sobre ese cambio.

Recursos oficiales y referencias

  • Página oficial de USCIS para Form I-698 (formulario e instrucciones): https://www.uscis.gov/i-698
  • Para notificaciones electrónicas adjunte el Form G-1145 según instrucciones de USCIS.
  • Según análisis de VisaVerge.com, los solicitantes deben prestar especial atención a plazos y pruebas de residencia continua al presentar I-698.

Pasos inmediatos recomendados

  • Verifique que recibió estatus temporal bajo 245A y recopile la documentación que pruebe esa concesión.
  • Descargue y complete la edición vigente de la I-698 desde la página oficial y prepare la evidencia de residencia continua.
  • Considere una consulta con un abogado de inmigración si tiene antecedentes penales, problemas de inadmisibilidad o dudas sobre fechas y plazos.
  • Presente Form G-1145 para recibir confirmación electrónica de que USCIS recibió su expediente.

Resumen práctico: Si usted fue admitido bajo la Sección 245A y cumple los plazos y requisitos de admisibilidad, la Formulario I-698 es la vía para ajustar su estatus a residente permanente. Si no cumple alguno de los requisitos, explore opciones alternativas como ajuste por familia o perdones, y busque asesoría legal. Actúe con prontitud: los plazos y la evidencia son decisivos para su resultado.

Aprende Hoy

Sección 245A → Disposición de IRCA (1986) que permitió estatus temporal a ciertos residentes para luego ajustar a permanente.
Estatus de residente temporal → Estatus interino bajo la Sección 245A; no es residencia permanente; requisito previo para I-698.
Admisibilidad → Cumplir requisitos legales para residencia permanente; condenas, fraude o problemas sanitarios pueden impedirla.
Formulario I-698 → Solicitud para ajustar estatus de residente temporal a permanente específicamente para beneficiarios de la Sección 245A.
Formulario G-1145 → Formulario opcional para recibir notificaciones electrónicas (correo o texto) cuando USCIS recibe su paquete.

Este Artículo en Resumen

Si recibió estatus 245A, presente la I-698 (edición 20/ene/2025) requerida desde 28/05/2025. Aporte evidencia de residencia continua, admisibilidad, tarifas y G-1145 para notificaciones. Evite ediciones antiguas o plazos vencidos. Las denegaciones suelen deberse a retrasos, inadmisibilidad o respuestas incompletas a solicitudes de evidencia.
— Por VisaVerge.com

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Jim Grey serves as the Senior Editor at VisaVerge.com, where his expertise in editorial strategy and content management shines. With a keen eye for detail and a profound understanding of the immigration and travel sectors, Jim plays a pivotal role in refining and enhancing the website's content. His guidance ensures that each piece is informative, engaging, and aligns with the highest journalistic standards.
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