Puntos Clave
- La jueza Mae A. D’Agostino confirmó POCA el 17 de noviembre de 2025 en Nueva York.
- Los formularios administrativos I-200 e I-205 no autorizan detenciones civiles dentro de tribunales estatales.
- Sólo una orden criminal firmada por un juez permite arrestos en sedes judiciales estatales.
(ALBANY, NEW YORK) El juez federal Mae A. D’Agostino confirmó este lunes 17 de noviembre de 2025 la revisión judicial y, desde su fallo, la ley de Nueva York conocida como Ley Proteger Nuestros Tribunales (POCA) permanece en vigor.
En una decisión que llega tras meses de debate, la jueza rechazó de forma contundente la demanda presentada por el Departamento de Justicia durante la administración de Donald Trump, que argumentaba que la norma violaba la Supremacía federal al imponer restricciones a las operaciones de agentes de inmigración dentro de los tribunales estatales.

Contenido central del fallo
La sentencia subraya la autoridad de Nueva York para regular la seguridad y el proceso dentro de sus instalaciones judiciales, y define con claridad qué tipos de órdenes pueden justificar arrestos civiles en estas sedes.
- La resolución sostiene que las órdenes administrativas de inmigración, como los avisos
Form I-200eI-205, no confieren autoridad judicial suficiente para efectuar arrestos civiles en tribunales estatales sin un mandato criminal firmado por un juez. - En cambio, la única vía legal que permite capturar a una persona dentro de un edificio judicial sin consentimiento expreso de un juez es una orden criminal.
Esta distinción protege a las partes, a los testigos y a los familiares que asisten a las audiencias, evitando interrupciones que podrían afectar el debido proceso y la seguridad en las salas de justicia.
Alcance y excepciones
- El fallo no altera la posibilidad de detenciones en instalaciones federales, como 26 Federal Plaza en Manhattan, que quedan fuera del alcance de esta restricción cuando operan bajo jurisdicción federal.
- La decisión fortalece la protección de víctimas y testigos, así como el acceso a la justicia en el sistema judicial de Nueva York.
Reacciones y posiciones
- La fiscalía estatal declaró: «Nueva York tiene el derecho soberano de regular la seguridad y la conducta dentro de sus tribunales».
- Un portavoz de las autoridades federales señaló que la impugnación se enfrentó a una línea legal compleja y que el Departamento de Justicia evaluará opciones legales disponibles sin que ello afecte la seguridad comunitaria.
- Defensores de los derechos de los inmigrantes celebraron la claridad del fallo, recordando que POCA define explícitamente la seguridad en las salas de audiencias como piedra angular del debido proceso.
Impacto práctico y opiniones de expertos
Expertos consultados señalan efectos prácticos directos:
- Menos interrupciones por detenciones improvisadas durante audiencias.
- Mayor certeza para personas que deben acudir a tribunales sin temor a detenciones en pasillos o salas de espera.
- Menor riesgo de que la presencia de agentes de inmigración afecte la participación de víctimas y testigos.
Un defensor de derechos civiles comentó que la protección establecida “refuerza el debido proceso para todas las personas que buscan justicia en la provincia”.
Relación con otras políticas y entornos sensibles
La decisión se inscribe en un marco más amplio de políticas que buscan limitar intervenciones de agentes de inmigración en entornos sensibles —por ejemplo:
- Escuelas
- Hospitales
- Salas de audiencias
Autoridades estatales han insistido en que POCA es crítica para asegurar que el sistema judicial no se convierta en terreno para acciones migratorias fuera de la ley o represalias que afecten a participantes en procesos legales.
Efectos procesales y recomendaciones para operadores jurídicos
- La normativa evita conflictos procesales, ya que la presencia de un arresto civil sin mandato puede generar cuestionamientos sobre la validez de audiencias o decisiones en procedimientos migratorios.
- La sentencia refuerza que cualquier actuación de autoridades migratorias dentro de los tribunales debe realizarse bajo la autoridad de un juez.
Abogados y operadores del sistema judicial deben:
- Implementar POCA de manera uniforme.
- Garantizar que cada sala de audiencias siga siendo un espacio seguro y neutral.
- Mantener comunicación clara con comunidades afectadas para que abogados y víctimas entiendan derechos y responsabilidades.
Implicaciones para la comunidad migrante y la comunicación interinstitucional
- Para la población migrante y sus familias, el veredicto aporta mayor certeza y protección de derechos.
- La decisión podría influir en cómo otras jurisdicciones negocian la interacción entre agencias federales y sistemas judiciales estatales.
- Es probable que en los próximos meses se vean ajustes en las prácticas de agencias y un refinamiento en políticas de comunicación entre tribunales y autoridades migratorias.
Resumen jurídico y práctico
- La prohibición de arrestos civiles por parte de agencias de inmigración dentro de tribunales estatales sin un mandato criminal se mantiene vigente.
- Las órdenes criminales siguen siendo la vía válida para arrestos dentro de tribunales estatales cuando proceda.
- Las detenciones en instalaciones federales requieren el cumplimiento de la normativa federal vigente.
En última instancia, la decisión de la jueza D’Agostino fortalece la confianza en el sistema judicial de Nueva York y ofrece una base sólida para futuras disputas sobre el alcance de las operaciones de agentes de inmigración en instalaciones estatales.
Recursos y referencias
- Para más información oficial, consultar la página del estado sobre POCA: Protect Our Courts Act information.
- Las pautas y formularios migratorios deben consultarse en plataformas oficiales, como la página de formularios del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, en particular la información que acompaña a
Form I-200eI-205cuando sean pertinentes.
Aprende Hoy
Ley Proteger Nuestros Tribunales (POCA) → Norma de Nueva York que prohíbe arrestos civiles de inmigración en tribunales estatales sin una orden criminal firmada por un juez.
Form I-200 → Aviso administrativo de inmigración denominado ‘Warrant for Arrest of Alien’ utilizado por autoridades migratorias federales.
Form I-205 → Aviso administrativo de inmigración denominado ‘Warrant of Removal/Deportation’ para acciones de remoción por autoridades migratorias.
Orden criminal firmada por juez → Mandamiento emitido por un juez basado en causa probable que autoriza legalmente arrestos dentro de tribunales estatales.
Este Artículo en Resumen
El 17 de noviembre de 2025, la jueza Mae A. D’Agostino confirmó la Ley Proteger Nuestros Tribunales, estableciendo que los formularios administrativos I-200 e I-205 no permiten arrestos civiles dentro de tribunales estatales. Solo las órdenes criminales firmadas por un juez autorizan dichas detenciones. La decisión reafirma la autoridad estatal para regular la seguridad judicial, protege a testigos y víctimas, y no afecta la aplicación federal fuera de los tribunales estatales o en edificios federales.
— Por VisaVerge.com
