Puntos Clave
- La orden de Maryland pausa deportaciones aproximadamente dos días hábiles tras presentar un habeas corpus.
- El DOJ demandó a los 15 jueces federales, al secretario principal y a la corte por la orden.
- Audiencia en Baltimore fue el 14 de agosto de 2025; fallo esperado para la festividad del Trabajo 2025.
(MARYLAND) El conflicto legal entre el Departamento de Justicia (DOJ) y la corte federal de Maryland por una orden que pausa deportaciones ha escalado hasta convertirse en un caso clave sobre el poder judicial y los derechos de las personas inmigrantes. El choque comenzó después de que el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos en Maryland, bajo la dirección del juez principal George Russell III, emitiera en mayo de 2025 una orden permanente que exige una pausa automática de dos días hábiles en deportaciones cuando se presenta un recurso de habeas corpus en ese distrito. La medida busca evitar deportaciones erróneas y garantizar que los jueces puedan revisar peticiones antes de que proceda la remoción.

La disputa llegó a un nuevo punto el 14 de agosto de 2025, cuando el DOJ presentó una demanda federal que apunta a la corte entera: los 15 jueces del tribunal, el secretario principal y la propia corte. El gobierno sostiene que la orden es procedimentalmente defectuosa, excede la autoridad judicial y causa “daños irreparables” a la capacidad del Estado para ejecutar deportaciones, especialmente bajo las políticas de enforcement defendidas por el presidente Trump.
Abogados del tribunal de Maryland responden que la orden es una medida administrativa modesta para preservar la jurisdicción y proteger el debido proceso. Además, sostienen que los jueces gozan de inmunidad por actos oficiales, por lo que la vía apropiada habría sido apelar el mandato a través de los cauces judiciales establecidos o acudir al 4th Circuit Judicial Council.
Contexto y origen de la orden
- La orden surgió tras un caso que mostró la fragilidad del proceso: Kilmar Abrego Garcia fue deportado por error a una prisión en El Salvador sin que el tribunal pudiera revisar su situación. Ese traslado equivocado motivó la emisión de la orden que ahora el DOJ impugna.
- La medida dispone una pausa automática de aproximadamente dos días hábiles luego de la presentación de un habeas corpus, con el fin de dar tiempo al juez para evaluar la legalidad de la detención o la orden de deportación antes de que las autoridades federales completen la remoción.
- Los defensores de la orden la describen como un freno mínimo y temporal que protege el acceso a la justicia sin paralizar por completo las operaciones migratorias en Maryland.
Audiencia y calendario procesal
El 14 de agosto un juez federal en Baltimore escuchó argumentos sobre la petición del DOJ para obtener una medida cautelar preliminar que bloquee la orden. También se expusieron las mociones de los jueces para desestimar la demanda.
El magistrado indicó la expectativa de emitir una decisión para la festividad del Trabajo en Estados Unidos, por lo que se espera un fallo a comienzos de septiembre de 2025. En ese proceso, representantes del tribunal han mostrado que, hasta ahora, la orden ha provocado daños prácticos mínimos a las operaciones de deportación del gobierno, lo que debilita la afirmación de perjuicio irreparable.
Implicaciones legales y prácticas
La confrontación plantea preguntas centrales sobre la separación de poderes y los límites de la inmunidad judicial.
- El DOJ argumenta que la orden interfiere con políticas federales de enforcement y que no es un acto judicial ordinario susceptible de inmunidad.
- Los críticos de la estrategia del DOJ califican la demanda directa contra todos los jueces como inusual y legalmente dudosa; sugieren que una vía más convencional habría sido apelar en casos individuales o buscar revisión administrativa en el 4th Circuit Judicial Council.
Para inmigrantes y defensores, la pausa aporta un margen que puede marcar la diferencia entre la deportación efectiva y la oportunidad de argüir legalmente contra la remoción. Para abogados que representan a personas detenidas, la orden crea una ventana breve pero crucial para:
- preparar documentación,
- presentar pruebas, y
- solicitar audiencias.
Según análisis de VisaVerge.com, incluso retrasos cortos en removals han evitado deportaciones erróneas en casos con problemas de identidad, antecedentes o procesamiento administrativo.
La disputa no solo enfrenta a dos ramas del sistema, sino que puede definir cómo se equilibran rapidez operativa y salvaguardas procesales para evitar daños humanos evitables.
Reacciones y posiciones
- DOJ: Sostiene que la orden viola procedimientos y obstaculiza la aplicación de la ley de inmigración, con un impacto particular en operaciones de mayor escala.
- Tribunal federal de Maryland (George Russell III): Defiende la orden permanente como una herramienta mínima para preservar la jurisdicción y la integridad del proceso judicial.
- Expertos legales: Señalan que la demanda directa contra jueces se enfrenta a la barrera tradicional de la inmunidad judicial y a críticas sobre la vía adecuada de apelación.
- Grupos de defensa de inmigrantes: Son vistos como favorecedores de la orden por su potencial para reducir deportaciones por error (aunque no siempre citados directamente en documentos públicos).
Posibles consecuencias y próximos pasos
- Si un fallo bloquea la orden:
- Termina la pausa automática.
- Facilita una reanudación más rápida de las deportaciones en Maryland.
- Impacto inmediato en casos que impliquen habeas corpus.
- Si el tribunal mantiene la orden:
- Otros distritos podrían adoptar medidas similares.
- El DOJ tendría que ajustar procedimientos o llevar la disputa a instancias superiores.
Adicionalmente, existe la posibilidad de recursos al 4th Circuit o incluso al Tribunal Supremo si los litigios subsiguientes elevan cuestiones constitucionales sobre la autoridad judicial frente al poder ejecutivo en materia de inmigración.
Cómo afecta a los afectados
- Las personas que presenten un habeas corpus en Maryland tendrán dos días hábiles de pausa para:
- preparar su defensa, o
- permitir que el juez revise la detención.
- Empleadores y agencias federales pueden enfrentar ajustes operativos si la orden se mantiene y se replica en otras jurisdicciones.
- El caso ilustra cómo errores administrativos —como la deportación de Kilmar Abrego Garcia— pueden generar cambios procesales diseñados para prevenir daños humanos evitables.
Recursos oficiales y próximos contactos
- Para documentos oficiales y comunicados del gobierno sobre este litigio, el público puede consultar el sitio del Departamento de Justicia: https://www.justice.gov/.
- Para información sobre los procedimientos de corte y acceso a expedientes públicos, la página del Tribunal de Distrito de Maryland publica órdenes y registros relevantes.
- Los abogados que representen a personas detenidas que consideren presentar un habeas corpus deben:
- revisar las reglas locales y federales aplicables, y
- considerar plazos procesales al actuar.
Este caso entre el DOJ y el tribunal federal de Maryland marca una prueba importante del equilibrio entre la ejecución de las leyes migratorias y la protección judicial contra deportaciones equivocadas. A medida que se acerque la fecha señalada para el fallo a comienzos de septiembre de 2025, la decisión tendrá implicaciones claras para la práctica de remociones en Maryland y, potencialmente, para cómo cortes en otras jurisdicciones diseñan salvaguardas procesales.
Aprende Hoy
orden permanente → Regla judicial establecida por el tribunal que aplica automáticamente una pausa de dos días hábiles en deportaciones.
habeas corpus → Recurso legal para impugnar la detención y permitir que un juez revise la legalidad antes de una remoción.
medida cautelar preliminar → Auto temporal que suspende acciones (por ejemplo deportaciones) mientras se resuelve el litigio principal.
inmunidad judicial → Protección legal que impide demandar a jueces por actos oficiales, con excepciones muy limitadas.
remociones → Procedimientos administrativos y judiciales para expulsar a una persona no ciudadana del país.
Este Artículo en Resumen
Una orden de mayo de 2025 otorga dos días hábiles tras presentar habeas corpus para revisión judicial, provocando la demanda del DOJ. La audiencia del 14 de agosto cuestionó inmunidad judicial y autoridad de remoción. Un fallo a inicios de septiembre 2025 determinará si la pausa continúa y su alcance.
— Por VisaVerge.com