Puntos Clave
- El DOJ pidió a un juez de Maryland levantar la orden que impide la expulsión de Kilmar Abrego Garcia a Liberia.
- Abrego Garcia fue deportado a El Salvador en marzo de 2025, pasó 26 días en CECOT y volvió a EE. UU. en junio.
- Sus abogados piden mantener la prohibición hasta que un juez de inmigración revise la denegación de miedo razonable.
(UNITED STATES (MARYLAND)) La administración Trump ha avanzado para disolver la prohibición a la expulsión de Kilmar Abrego Garcia, pidiendo su deportación a Liberia tras haberlo devuelto previamente a El Salvador en contradicción con una orden judicial. El caso, que ha estado en litigio durante meses y ha atravesado trámites judiciales, filtraciones gubernamentales y negociaciones internacionales, sitúa a Abrego Garcia, un ciudadano salvadoreño, en detención en Pensilvania a la espera de una decisión sobre si puede ser removido a Liberia. Las autoridades dicen que el retorno sería “en interés público”, mientras los abogados de Abrego Garcia sostienen que se ha violado su debido proceso y que Liberia no ha garantizado la seguridad que la United States Constitution exige para quienes enfrentan la expulsión.

Kilmar Abrego Garcia vivía en Maryland con su esposa y sus hijos antes de ser deportado. En marzo de 2025 fue llevado a El Salvador y colocado en la prisión CECOT, un complejo penitenciario que, según la visión de la jueza Paula Xinis de la corte de distrito de Maryland, es
“una de las prisiones más increíblemente inhumanas y peligrosas del mundo”
y que, por diseño, priva a sus detenidos de comida, agua y refugio adecuados, fomentando la violencia, una afirmación que llevó a Xinis a señalar que dejarlo allí
“equivocaría” y “haría daño irreparable”
a Abrego Garcia. Después de 26 días en CECOT, y luego de una orden de la Corte Suprema, Abrego Garcia fue devuelto a Estados Unidos en junio de 2025 para enfrentar cargos por contrabando de personas en Tennessee, a los que se declaró no culpable. Estas grietas legales han sido el eje de un debate que entrelaza derechos individuales, seguridad pública y la competencia entre ramas del gobierno frente a la jurisprudencia de la Corte Suprema.
La fiscalía sostiene que Abrego Garcia es miembro de MS-13 y que su expulsión es “en interés público”, una postura que contrasta con la versión del acusado, quien niega cualquier vínculo con pandillas y afirma haber vivido en Estados Unidos durante una década sin haber sido acusado de ningún delito antes de estos procedimientos. Los fiscales han descrito su caso como parte de un conjunto más amplio de esfuerzos para remediar lo que consideran riesgos de seguridad, mientras los defensores de Abrego Garcia señalan que su cliente siempre mostró comportamiento cívico en Estados Unidos y que no representa amenaza comprobada para la seguridad nacional. En estas batallas, la administración Trump ha descrito el caso como un ejemplo de la necesidad de detener expulsiones que, en su visión, han quedado vulnerables ante procesos judiciales que dilatan la salida de extranjeros sin estatus.
Una parte central del conflicto reside en la ruta de remoción que la administración ha intentado usar para Abrego Garcia. Desde su detención, los abogados del inmigrante han denunciado que el gobierno ha “ciclado” entre destinos posibles de tercer país sin brindar “la notificación, la oportunidad de ser oído y una evaluación individual que el debido proceso requiere”. El conteo de destinos incluye Uganda, Eswatini, Ghana y, ahora, Liberia. En 2025, la administración buscó que Liberia aceptara a Abrego Garcia y que éste no enfrentara persecución o tortura allí, afirmando que existen garantías y compromisos de seguridad que harían respaldable la eliminación. En paralelo, los abogados de Abrego Garcia sostienen que el gobierno ha ignorado la designación estatutaria de Costa Rica como tercer país seguro, a pesar de las garantías de Costa Rica de aceptar al migrante y de otorgarle estatus de refugiado o de residente.
En las presentaciones ante los tribunales, el DOJ ha argumentado que la acción de disolver la prohibición de expulsión a Liberia es válida porque se han recibido “seguridades” por parte del gobierno liberiano y porque la expulsión sería compatible con el interés público. En documentos judiciales, los abogados del DOJ afirman:
“The Constitution does not entitle Petitioner to process beyond what the political branches have chosen to afford”.
Esta frase, citada de forma estricta, ha sido uno de los puntos de discusión centrales en las comparecencias ante el tribunal. Por su parte, los abogados de Abrego Garcia responden que
“La Government insists that the unreasoned determination of a single immigration officer—who concluded that Abrego Garcia failed to establish that it is ‘more likely than not’ that he will be persecuted or tortured in Liberia—satisfies due process. It does not”,
una declaración que subraya la percepción de su equipo legal sobre la falta de un examen adecuado de su posible miedo razonable al retorno.
La jueza Xinis, una figura central en este proceso, ha descrito la prisión CECOT como una instalación de extrema severidad y ha dejado claro que la salida de Abrego Garcia de ese lugar implicaría un daño irreparable. En un fallo anterior, Xinis ordenó que el gobierno debía
“facilitar y efectuar el retorno de [Abrego Garcia] a los Estados Unidos”
a más tardar a las 11:59 PM del lunes 7 de abril, después de encontrar que su deportación a El Salvador fue ilegal por carecer de la documentación judicial necesaria. Aunque la sentencia inicial fue emitida en un contexto distinto, las palabras de Xinis han marcado la retórica judicial que rodea el marco de decisiones de expulsión y la protección de los derechos del individuo ante las expulsiones en cascada a terceros países.
Este caso se sitúa en un marco político y legal más amplio. The Supreme Court had acknowledged that Abrego Garcia’s removal to El Salvador was “illegal” and the result of an “administrative error,” al mismo tiempo que mencionó la posibilidad de que su regreso a Estados Unidos pudiera implicar un riesgo para la seguridad pública si se justifican supuestos lazos con pandillas. Esa tensión entre una corrección judicial y la necesidad de una política migratoria firme ha marcado gran parte del debate posterior, con la administración argumentando que el caso de Abrego Garcia no debe separarse de una estrategia más amplia de control de la inmigración. Los hechos señalan que el decreto de 2025 ha sido visto por analistas como un ejemplo de la agenda migratoria de la administración Trump: expulsiones más agresivas, restricciones a alivios humanitarios y una ampliación de las detenciones. Organizaciones jurídicas observaron la evolución como un indicador de cuánta capacidad tiene el poder ejecutivo para influir en la dirección de las políticas migratorias frente a las salvaguardas judiciales.
A nivel personal, la historia de Abrego Garcia no es solo una secuencia de expedientes. Sus defensores sostienen que, tras una década de vida en Estados Unidos, su cliente ha construido vínculos con su comunidad y ha establecido una vida que se ve alterada por decisiones que, según dicen, no han seguido un proceso que garantice plenamente sus derechos. En su defensa, los abogados afirman:
“The Government insists that the unreasoned determination of a single immigration officer—who concluded that Abrego Garcia failed to establish that it is ‘more likely than not’ that he will be persecuted or tortured in Liberia—satisfies due process. It does not”.
Y añaden que la administración debe respetar la designación de Costa Rica como tercer país seguro, cuya promesa de acoger a Abrego Garcia y otorgarle refugio o residencia no ha sido totalmente examinada por la justicia estadounidense.
En la actualidad, Abrego Garcia permanece detenido en Pensilvania mientras se decide si se mantiene la orden de removimiento a Liberia o si se concede una revisión adicional de su reclamo de miedo razonable ante HSBC, el USCIS, y las modificaciones legales que podrían impedir o facilitar su expulsión. Los abogados sostienen que el proceso de revisión de su miedo razonable no ha sido suficientemente exhaustivo y que el procedimiento no ha cumplido con el estándar de debido proceso. En el frente político, la administración afirma que la acción de disolver la prohibición de expulsión está respaldada por garantías de cooperación de Liberia y por un razonamiento de seguridad que, en su visión, no debe permanecer bloqueado por un obstáculo procesal menor.
El caso marca una encrucijada entre la autoridad ejecutiva y la estructura judicial, con implicaciones importantes para las dinámicas de migración forzada y el tratamiento de individuos que buscan asilo o protección en Estados Unidos. La narrativa que emerge es la de un gobierno decidido a avanzar en su agenda de control de fronteras, mientras las cortes y los abogados de derechos humanos advierten que dicho avance podría erosionar salvaguardas procesales y derechos básicos, incluso para aquellos que han vivido años en Estados Unidos y han formado una familia en su interior.
La historia de Kilmar Abrego Garcia —un hombre que vivía en Maryland con su esposa y sus hijos, que vivió años de estancia en Estados Unidos y que enfrentó un regreso a un país que, según las autoridades, podría no garantizarle seguridad— continúa desarrollándose. La detención en Pensilvania y la posibilidad de un nuevo regreso a Liberia, anticipado por una defensa que argumenta que el proceso no ha cumplido con estándares de debido proceso, mantiene a la opinión pública y a las comunidades legales en vilo. En estas dinámicas, la figura de Kilmar Abrego Garcia se convierte en un símbolo de la compleja intersección entre política de administraciónTrump, derechos individuales y las complejas realidades de la vida de millones de personas que cruzan fronteras en busca de seguridad, estabilidad y una oportunidad para una vida mejor.
El caso también resalta las tensiones entre las designaciones de terceros países seguros y los compromisos de los Estados, así como la necesidad de que las autoridades de inmigración ofrezcan procesos transparentes y con la debida diligencia que exige la Constitución. Las filtraciones y las posiciones de las partes han puesto de relieve un debate profundo sobre qué tan lejos puede llegar una administración para expulsar a quienes, de acuerdo con la visión del Estado, representan una amenaza o un riesgo para la seguridad pública, frente a las salvaguardas que los tribunales y la ley federal imponen para garantizar procesos justos y humanos. En última instancia, la historia de Kilmar Abrego Garcia, detenida en Pensilvania y vinculada a un conjunto de complicadas maniobras diplomáticas y legales, continúa evolucionando ante la mirada atenta de jueces, abogados, defensores de derechos humanos y una sociedad que observa cómo se implementa la política migratoria de una nación que se debates en su propia identidad.
Para quienes siguen de cerca el tema, la próxima decisión judicial podría definir si la administración Trump logra disolver la prohibición de expulsión y avanzar con la transferencia de Abrego Garcia a Liberia, o si las salvaguardas legales y el debido proceso continúan imponiendo un freno a un proceso que, según los críticos, ha sufrido de inconsistencias y presiones políticas. En este cruce entre ley y política, Kilmar Abrego Garcia, Kilmar Abrego Garcia, se mantiene como una figura central que recuerda que cada decisión de migración tiene consecuencias humanas directas: familias desarticuladas, comunidades afectadas y una conversación nacional sobre qué tan lejos debe llegar la autoridad del Estado para proteger a sus ciudadanos y a aquellos que, como él, buscan la posibilidad de una vida más segura.
Nota: para quienes buscan entender el marco legal y las implicaciones de estas decisiones, fuentes oficiales como el Departamento de Justicia y la Administración de Inmigración (DOJ y USCIS) ofrecen documentos y fundamentos que permiten comprender la complejidad de las removals y las salvaguardas procesales en casos de terceros países. En particular, los documentos de DOJ y las decisiones judiciales relevantes en Maryland han sido citados en las presentaciones de las partes y en los fallos de la jueza Paula Xinis, y siguen siendo un punto de referencia clave para entender la dirección de la administración de la inmigración en 2025. Para lectores interesados en la normativa y el marco de terceros países, puede consultarse la página oficial del DOJ y la de USCIS para información general, antecedentes y procedimientos aplicables a casos de remoción y asilo. DOJ | USCIS
Aprende Hoy
inhibición preliminar → Orden judicial temporal que impide una acción —como la expulsión— hasta resolver la disputa legal.
miedo razonable → Evaluación acelerada de USCIS para quienes alegan que enfrentarían persecución o tortura si son enviados a cierto país.
garantías diplomáticas → Compromisos formales de un gobierno extranjero de que la persona no será perseguida ni torturada allí.
remoción a tercer país → Expulsión hacia un país distinto del de origen o de Estados Unidos, cuando un tercer Estado acepta recibir a la persona.
Este Artículo en Resumen
El DOJ pidió a un juez de Maryland que levante la prohibición que impide la expulsión de Kilmar Abrego Garcia a Liberia, alegando garantías diplomáticas y razones de seguridad pública. Abrego Garcia, detenido en Pensilvania, fue deportado a El Salvador en marzo de 2025, retenido 26 días en CECOT y luego devuelto a EE. UU. Sus abogados piden mantener la protección hasta que un juez de inmigración revise la negativa de USCIS sobre su miedo razonable y hasta que se evalúe la oferta de Costa Rica como tercer país seguro.
— Por VisaVerge.com
