Puntos Clave
- ICE declaró el 10 de octubre de 2025 que ningún país ha aceptado deportar a Kilmar Abrego Garcia.
- Ghana rechazó la transferencia; Eswatini no consintió; Uganda fue considerada pero no dio aceptación.
- La jueza Paula Xinis ordenó impedir la deportación mientras continúan los recursos legales.
Un alto funcionario de inmigración confirmó en una audiencia federal el viernes 10 de octubre de 2025 que el gobierno de Estados Unidos persigue la deportación de Kilmar Abrego Garcia hacia un tercer país; sin embargo, hasta ahora ningún destino ha aceptado recibirlo.

En su testimonio, el subjefe de la Oficina de Operaciones de Ejecución y Deportación de ICE, John Schultz, afirmó bajo juramento que Eswatini no ha acordado acoger a Abrego Garcia. También dijo que, aunque se notificó al interesado sobre planes de deportarlo a Ghana, esa notificación fue retirada posteriormente como “prematura” tras la negativa formal del gobierno ghanés a aceptarlo.
Este episodio se da en medio de una lucha legal que mantiene a Abrego Garcia bajo custodia y centra la atención en las políticas de deportación y su ejecución en la práctica.
Contexto y estado actual
- Eswatini y Ghana han rechazado, de forma explícita, las solicitudes de aceptación presentadas por Estados Unidos.
- Se están evaluando otros destinos posibles, como Uganda.
- La Administración exploró la posibilidad de enviar al salvadoreño Abrego Garcia a Costa Rica —país que, según la defensa, ha mostrado disposición—, aunque las autoridades estadounidenses no habrían seguido esa vía.
La defensa afirma que la posibilidad de deportarlo a Costa Rica está siendo usada por el gobierno como munición en otros procesos penales que enfrenta el detenido. Estas circunstancias han generado críticas sobre la coherencia y la forma en que se manejan las remociones, así como sobre las decisiones en materia de asilo y protección.
El contraste entre las resoluciones judiciales y la diplomacia bilateral ha dejado el caso en un limbo jurídico que podría afectar a comunidades migrantes en todo el país.
Marco judicial y limitaciones legales
- La jueza Paula Xinis ha prohibido temporalmente la salida de Abrego Garcia de Estados Unidos mientras continúa la revisión legal.
- Según el testimonio de la autoridad de ICE, si una tercera nación aceptara la remoción, la autoridad podría efectuarla en un plazo de 72 horas.
- El gobierno sostiene que no podría deportarlo a El Salvador debido a una orden judicial previa (de 2019) que protege a la persona frente a la remoción hacia ese país por razones de persecución creíble.
Este matiz legal ha generado un intenso debate público sobre:
– la validez y el alcance de las órdenes judiciales en casos de remoción,
– la interacción entre la seguridad nacional y los derechos individuales,
– y la coherencia entre decisiones judiciales y acciones ejecutivas.
Historial del caso
- Kilmar Abrego Garcia, ciudadano salvadoreño, fue deportado por error a El Salvador en marzo de 2025, a pesar de la orden de 2019 que impedía su remoción a ese país.
- Fue devuelto a Estados Unidos en junio de 2025 para enfrentar cargos no relacionados en Tennessee, a los que se ha declarado no culpable.
- La Administración ha sido criticada por intentar trasladarlo a naciones sin vínculos directos que no han aceptado recibirlo.
En medio de estas tensiones, el debate político sobre las políticas migratorias de administraciones previas ha cobrado relevancia, alimentando dudas sobre la legalidad y la ética de ciertas acciones gubernamentales.
Implicaciones prácticas y próximos pasos
Para las comunidades afectadas, este caso subraya realidades prácticas importantes:
- Negociaciones diplomáticas:
- La remoción puede depender no solo de condiciones en el país de origen o destino, sino también de la negociación diplomática entre Estados Unidos y terceros países.
- Impacto en empleadores e instituciones:
- Empresas e instituciones que dependen de mano de obra migrante deben vigilar cambios en políticas de remoción y la disponibilidad de rutas de protección.
- Necesidad de asesoría jurídica:
- Solicitantes de asilo y personas con antecedentes penales necesitan asesoría jurídica robusta y actualizada que cubra procesos y posibles decisiones diplomáticas.
En términos prácticos:
– La ausencia de acuerdos con los países considerados prolonga la incertidumbre y la duración de la detención.
– Si surgiera un acuerdo con alguno de los países contemplados, la ventana para la ejecución de la deportación podría cerrarse o reabrirse rápidamente.
– El fallo judicial de fondo aún no se ha dictado, y la decisión de liberar o mantener en custodia a Abrego Garcia podría influir en futuros desafíos de política migratoria.
Advertencia importante: la situación es dinámica. Cualquier cambio diplomático o judicial puede alterar de forma rápida el estatus del caso.
Reacciones y demandas de transparencia
- Organizaciones de defensa de los migrantes piden transparencia y claridad, e instan al gobierno a adherirse a estándares legales y éticos.
- Estas organizaciones advierten contra el uso de remociones como herramientas de presión en procesos penales no vinculados.
- El gobierno sostiene que debe priorizar la seguridad nacional y la gestión eficaz de remociones cuando existan acuerdos formales con terceros países, y subraya que la situación sigue en desarrollo y sujeta a resoluciones judiciales.
Recursos oficiales y orientación para lectores
Para información oficial sobre procesos de remoción y derechos de los inmigrantes en EE. UU., se recomienda consultar agencias como:
– Departamento de Seguridad Nacional (DHS)
– Ejecutivo de Revisión de Inmigración (EOIR)
También hay formularios y trámites relevantes según cada escenario migratorio. Por ejemplo, los lectores pueden revisar recursos oficiales y formularios como [I-589] para solicitudes de asilo cuando aplique, disponible en el sitio oficial de inmigración, con orientación sobre requisitos y plazos.
Contexto analítico y perspectivas
- El rechazo de Eswatini y Ghana subraya la fragilidad de las soluciones de remoción cuando no hay consenso internacional.
- La posibilidad de que Costa Rica sea considerada como destino alternativo por la defensa, sin que el gobierno la haya seguido, ilustra la tensión entre estrategias judiciales y maniobras diplomáticas.
Según análisis de VisaVerge.com, las políticas de remoción en EE. UU. han mostrado:
– un patrón de mayor cautela en acuerdos de reasentamiento con terceros países cuando existen disputas diplomáticas o cuestionamientos legales sobre la procedencia de las remociones.
– Esto ayuda a explicar por qué la ejecución de deportaciones en casos como el de Abrego Garcia permanece en veremos y sujeta a negociaciones cambiantes.
Conclusión operativa para lectores y actores relevantes
Mientras la jueza Xinis determina si Abrego Garcia debe permanecer detenido o puede obtener una liberación temporal durante su litigio, la comunidad migrante observa con interés las negociaciones con terceros países.
Puntos prácticos para tener en cuenta:
– Mantenerse atento a actualizaciones judiciales y administrativas.
– Buscar asesoría legal calificada para navegar un panorama complejo y volátil.
– Entender que las decisiones finales dependerán de la ley, las evidencias disponibles y las circunstancias diplomáticas.
En el caso de Kilmar Abrego Garcia, la rapidez con la que podrían materializarse destinos de remoción dependerá de acuerdos con terceros países y del curso de las litigaciones. La comunidad internacional observa cómo Estados Unidos equilibra seguridad y derechos humanos en un marco de políticas migratorias en constante revisión.
Nota: este artículo se basa en información publicada por las autoridades y en el marco legal vigente al momento de la publicación. Para detalles oficiales sobre procedimientos de remoción y derechos de los migrantes, se recomienda consultar las fuentes gubernamentales pertinentes y las actualizaciones judiciales a través de EOIR y DHS.
Aprende Hoy
ICE (Oficina de Operaciones de Ejecución y Deportación) → Unidad de ICE encargada de ejecutar deportaciones y coordinar con gobiernos extranjeros.
Remoción a tercer país → Enviar a una persona a un país que no es su país de origen; requiere la aceptación formal del país receptor.
Aceptación por escrito → Consentimiento documentado de un país receptor que autoriza recibir a la persona deportada.
Orden judicial temporal → Mandato de un juez que suspende temporalmente una acción, como una deportación, mientras hay litigio.
Permiso de entrada → Autorización oficial de un país receptor para que un extranjero entre en su territorio.
Documentos de viaje → Pasaportes u otros papeles oficiales necesarios para viajar y entrar en otro país.
Notificación retirada → Aviso oficial que fue emitido pero luego cancelado, por ejemplo tras la negativa del país receptor.
Este Artículo en Resumen
El 10 de octubre de 2025, un funcionario de ICE declaró que ningún país ha aceptado recibir a Kilmar Abrego Garcia para su deportación. Ghana rechazó la transferencia y Eswatini no dio su consentimiento; Uganda fue evaluada pero no aceptó. La jueza Paula Xinis emitió una orden temporal que prohíbe la remoción mientras continúan los recursos legales, por lo que Abrego Garcia permanece bajo detención en Pennsylvania. ICE afirmó que podría completar los trámites y ejecutar la deportación en 72 horas si un país entregara su aceptación por escrito. El caso evidencia los límites diplomáticos y legales que rigen las remociones a terceros países.
— Por VisaVerge.com