Puntos Clave
- Panamá amplió la visa de tránsito para ciudadanos cubanos hasta el 31 de julio de 2026 mediante el Decreto Ejecutivo No. 22.
- La visa autorizada permite hasta 24 horas en la zona de tránsito internacional; no permite ingresar al territorio panameño.
- Quedan exentos poseedores de visado previamente usado de EE. UU., Canadá, Australia, Japón o la UE con seis meses vigencia.
Panamá ha formalizado una extensión clave para quienes transitan por su territorio: el requisito de visa de tránsito para ciudadanos cubanos se mantiene vigente y se extiende hasta el 31 de julio de 2026, según el Decreto Ejecutivo No. 22 publicado en la Gaceta Oficial el 25 de agosto de 2025. Esta decisión continúa la política iniciada en diciembre de 2022 y altera de manera significativa los planes de viaje de miles de cubanos que utilizan Panamá como paso hacia otros destinos en las Américas y Europa.

A continuación se presenta un análisis claro y práctico sobre qué significa esta extensión, qué requisitos deben cumplir los viajeros, qué excepciones existen y qué impactos podría acarrear para familias, trabajadores y estudiantes que buscan movilidad internacional desde la isla caribeña.
Contexto legal y alcance de la medida
Panamá consolidó su política de tránsito restringido para ciudadanos cubanos a partir de un marco normativo que se ha ido afinando desde 2022. El Decreto Ejecutivo No. 22, que codifica y amplía las medidas adoptadas previamente por el Decreto No. 162 de diciembre de 2022, añade un nuevo periodo de vigencia y especifica el alcance de la obligación.
En esencia, la norma exige que cualquier ciudadano cubano que transite por territorio panameño, ya sea con destino final a otro país o con una escala corta, obtenga una visa de tránsito antes de iniciar su viaje. Este marco legal no distingue entre visitantes casuales y quienes, en la ruta hacia un tercer país, apenas interrumpen su trayecto en una instalación aeroportuaria panameña.
La extensión se aplica de manera uniforme a todos los pasajeros y tripulantes cubanos, salvo las exenciones previstas en la normativa.
«La medida busca garantizar la sostenibilidad de la migración y la seguridad de las operaciones aeroportuarias», según declaraciones oficiales.
Estas consideraciones se enmarcan en una dinámica regional de mayor control de tránsito y de respuestas coordinadas ante flujos migratorios complejos.
Quienes deben tramitar la visa de tránsito
- Todos los ciudadanos cubanos que transiten por Panamá, independientemente de su destino final.
- La exigencia cubre pasajeros y tripulantes.
- Las personas sujetas a exenciones quedan fuera del requerimiento, siempre que cumplan las condiciones especificadas por la normativa (ver sección Exenciones).
Cómo funciona el proceso de solicitud (paso a paso)
- Canal de presentación:
- Las solicitudes deben presentarse a través de la Embajada de Panamá en La Habana.
- Este canal centraliza la gestión y garantiza instrucciones unificadas sobre documentación y plazos.
- Requisito de representación legal:
- Cada trámite debe ser gestionado por un abogado debidamente registrado ante el sistema judicial panameño.
- Esta exigencia busca asegurar la correcta tramitación y la verificación de documentos.
- Documentación típica:
- Formulario de solicitud completado.
- Pasaporte con vigencia mínima de seis meses.
- Copias de todas las páginas de identificación y visados anteriores.
- Foto tipo pasaporte.
- Prueba de itinerario de viaje (incluido billete de ida y vuelta).
- Prueba de solvencia económica (por lo general, estado de cuenta que demuestre al menos 500 dólares).
- Carta de invitación (si aplica).
- Constancia de arancel consular.
- Cuota y tasas:
- Se aplica una tarifa consular, cuyo monto típico ronda los 50 dólares, aunque puede variar.
- Duración de la autorización:
- La visa de tránsito concede, como máximo, 24 horas de estancia en la zona de tránsito internacional del aeropuerto; no permite la entrada formal al territorio panameño.
- Plazos y transparencia:
- El proceso ha reportado demoras y, en ocasiones, falta de claridad sobre los tiempos de respuesta.
- Incluso con abogado autorizado, muchos solicitantes han enfrentado esperas prolongadas y comunicación insuficiente.
Exenciones y condiciones para evitar la visa de tránsito
- Personas con visas válidas en determinadas jurisdicciones:
- Quienes tengan visas válidas y ya utilizadas de Estados Unidos, Canadá, Australia, Japón o países de la Unión Europea, con al menos seis meses de vigencia, pueden quedar exentos.
- Residencia o empleo en destino:
- Residentes permanentes o quienes cuenten con un contrato de trabajo verificable en el país de destino también pueden estar exentos.
- Importante:
- Las exenciones están sujetas a criterios de verificación y a la interpretación de las autoridades migratorias panameñas.
- La ausencia de prueba suficiente puede implicar la necesidad de tramitar la visa de tránsito aun cuando se tenga algún estatus en otro país.
Implicaciones prácticas para cubanos y comunidades afectadas
- Disrupciones en planes de viaje:
- La extensión complica significativamente los itinerarios de quienes utilizan Panamá como escala.
- Muchos viajeros han reportado cambios de itinerario, costos adicionales y mayores tiempos de espera.
- Demoras y opacidad:
- La falta de transparencia en la gestión de citas y en la asignación de plazos ha sido un problema recurrente.
- Riesgos de fraude y estafas:
- Aumentan los intentos de fraude y esquemas de intermediación no autorizados.
- Solo abogados con registro pueden gestionar estos trámites; no existen agencias de viaje autorizadas para intermediar.
- Impacto en la reunificación familiar:
- La política afecta a familias que buscan reunirse en terceros países, generando tensiones y retrasos.
- Carga económica adicional:
- Además de las tasas consulares, los costos legales y otros gastos incrementan la inversión necesaria para un tránsito.
Contexto histórico y evolución de la política
- Inicio:
- La visa de tránsito para cubanos se implementó a finales de 2022, en respuesta a flujos migratorios irregulares y la gestión de tránsito por Panamá.
- Prórrogas y ajustes:
- Desde entonces ha habido varias prórrogas y aclaraciones, incluyendo criterios de exención para viajeros con visas o residencia en países con estándares migratorios elevados.
- Objetivo regional:
- La extensión se interpreta dentro de un esfuerzo regional de reforzar controles y estandarizar respuestas ante migraciones transfronterizas complejas.
Perfiles de actores y perspectivas
- Perspectiva gubernamental:
- El gobierno panameño defiende la extensión como necesaria para garantizar la seguridad y la sostenibilidad de la migración en aeropuertos y rutas de tránsito.
- Ciudadanos cubanos:
- Muchos viajeros expresan frustración por la complejidad, las demoras y el riesgo de caer en fraudes.
- Comunidad jurídica:
- Abogados y firmas especializadas piden mayor transparencia y eficiencia en la gestión de citas y comunicación de requisitos.
- Analistas:
- Expertos ubican la extensión dentro de una tendencia regional de control migratorio, con posibles ajustes continuos en las políticas de tránsito.
Antecedentes y lecciones para futuros cambios
- Ritmo de extensión:
- Panamá ha prorrogado repetidamente la regulación desde 2022, adaptándola según cambios en las condiciones migratorias regionales.
- Claridad sobre exenciones:
- Se han hecho esfuerzos por aclarar qué permisos permiten evitar la visa de tránsito, pero la interpretación puede variar entre consulados y aeropuertos.
- Ruta de implementación:
- Revisiones normativas suelen acompañarse de advertencias sobre posibles cambios en plazos, requisitos y costos; los viajeros deben mantenerse informados.
Qué saber para los ciudadanos cubanos que planifican viajar a través de Panamá
- Verifique la vigencia del decreto:
- La extensión hasta el 31 de julio de 2026 está en vigor y debe considerarse al planificar cualquier tránsito.
- Contacte a un abogado registrado:
- Trabajar con un abogado panameño registrado reduce el riesgo de errores y facilita la gestión de citas.
- Prepare la documentación:
- Complete y verifique formularios; mantenga pasaporte con al menos seis meses de vigencia; junte pruebas de itinerario y solvencia económica; obtenga carta de invitación si aplica.
- Costo y plazos:
- Prepárese para demoras y gastos adicionales. La cuota consular ronda los 50 dólares, pero el costo final puede variar.
- Atención a advertencias de seguridad:
- Evite intermediarios no autorizados. Solo abogados autorizados deberían gestionar el trámite.
- Comprenda las limitaciones:
- La visa de tránsito no garantiza entrada al territorio panameño y no permite estancia mayor a 24 horas en zona de tránsito.
Impacto en políticas y perspectivas futuras
- Análisis de contexto:
- La extensión se enmarca en una tendencia regional de endurecimiento de políticas migratorias para rutas de tránsito significativas hacia el Norte y Europa.
- Perspectivas de cambios futuros:
- No hay señales oficiales de levantamiento anticipado (a agosto de 2025). Las discusiones públicas se centran en refinar exenciones y mejorar la transparencia.
- Relevancia mediática:
- La cobertura precisa es clave para comprender el impacto real sobre la planificación de migraciones legales y seguras.
Análisis experto y voces de la comunidad
- Expertos en migración:
- Señalan la necesidad de procesos más transparentes y vías legales claras para quienes cumplen criterios de exención.
- Organizaciones de derechos humanos:
- Advierten sobre el costo humano de las barreras, incluida la separación familiar y la exposición a intermediación no autorizada.
- Abogan por mayor claridad en criterios de elegibilidad y por mecanismos de apelación más expeditos.
Recursos oficiales y vías de información
- Sitio oficial de Migración de Panamá: para información actualizada sobre políticas, requisitos y cambios normativos, consulte el portal oficial de migración. Este sitio reúne guías, formularios y contactos para trámites migratorios: sitio oficial de Migración de Panamá.
- Nota de contexto y análisis externo: para una lectura complementaria y comparativa, la cobertura de terceros como VisaVerge.com aporta un marco de análisis sobre tendencias regionales y posibles consecuencias para viajeros y empleadores. Ver más en su portal: VisaVerge.com.
Implicaciones para distintos actores
- Para individuos y familias:
- La posibilidad de un tránsito sin complicaciones se ve reducida por nuevos requisitos, costos y tiempos.
- Quienes aspiren a exenciones deben revisar si cumplen condiciones y preparar la documentación adecuada.
- Para empleadores e instituciones:
- Empresas y organizaciones deben planificar con antelación y considerar rutas alternativas para reducir tiempos y exposición a trámites complejos.
- Para entidades legales y consultoras:
- La demanda de asesoría especializada continúa; la figura del abogado registrado es clave para evitar errores que provoquen denegaciones o demoras.
Conclusión operativa para lectores y actores interesados
La prórroga de la visa de tránsito para ciudadanos cubanos a través de Panamá, reflejada en el Decreto Ejecutivo No. 22, mantiene a Panamá en un marco de control migratorio más estricto para rutas de tránsito. Aunque existen exenciones para quienes ya cuentan con estatus migratorio o laboral en países con estándares altos, la ruta para muchos cubanos sigue siendo compleja y costosa.
La clave para quienes planifican viajar es:
- Actuar con información precisa y asesoría profesional.
- Gestionar la documentación cuidadosamente.
- Estar preparados para posibles demoras y costos adicionales.
En un entorno migratorio cada vez más dinámico, la claridad de requisitos y la certeza de plazos son tan valiosas como la propia movilidad.
Nota final para quienes buscan orientación inmediata
- Confirma tu estatus de visa o residencia en cualquier país con exención reconocida por Panamá.
- Consulta el portal oficial de Migración de Panamá para obtener la información más reciente: sitio oficial de Migración de Panamá.
- Si necesitas asesoría legal, acércate a un abogado registrado que pueda guiarte a través del proceso ante la Embajada de Panamá en La Habana.
- Mantente al tanto de actualizaciones oficiales y evita intermediarios no autorizados para minimizar riesgos de estafas y demoras.
Este análisis combina una mirada normativa con un enfoque práctico para quienes buscan navegar un panorama migratorio complejo. La extensión de la visa de tránsito para ciudadanos cubanos, implementada bajo el Decreto Ejecutivo No. 22, implica repercusiones reales en decisiones de viaje, planes de migración y la vida cotidiana de quienes buscan oportunidades en otros países. La ruta hacia la movilidad internacional debe hacerse con información fiable, asesoría profesional y comprensión clara de plazos y requisitos.
Aprende Hoy
Decreto Ejecutivo No. 22 → Norma panameña publicada el 25 de agosto de 2025 que prorroga la exigencia de visa de tránsito para cubanos hasta 31 de julio de 2026.
Visa de tránsito → Autorización que permite permanecer hasta 24 horas en la zona de tránsito internacional del aeropuerto sin ingresar al país.
Visa previamente usada → Un visado que ya fue utilizado para entrar al país emisor; visados nuevos y sin uso no califican como exención.
Embajada de Panamá en La Habana → La misión diplomática que recibe y tramita solicitudes de visa de tránsito para ciudadanos cubanos.
Abogado registrado → Un abogado debidamente inscrito en Panamá autorizado para presentar las solicitudes de visa ante la embajada.
Prueba de solvencia → Documento financiero, como estado de cuenta, que demuestre recursos (habitualmente al menos 500 dólares) para el viaje.
Tasa consular → Pago requerido para procesar la solicitud de visa; el valor aproximado suele ser 50 dólares, sujeto a variación.
Servicio Nacional de Migración de Panamá → Órgano oficial que publica decretos, requisitos y actualizaciones sobre políticas migratorias en su sitio web.
Este Artículo en Resumen
El Decreto Ejecutivo No. 22, publicado el 25 de agosto de 2025, prorroga la exigencia de visa de tránsito para ciudadanos cubanos hasta el 31 de julio de 2026. La medida abarca a todos los pasajeros y tripulantes cubanos que transiten por Panamá y exige tramitar la visa de tránsito en la Embajada de Panamá en La Habana mediante un abogado panameño registrado. La autorización permite hasta 24 horas en la zona de tránsito internacional y no concede entrada a Panamá. Existen exenciones para personas con visados previamente usados de EE. UU., Canadá, Australia, Japón o países de la UE con al menos seis meses de vigencia, residentes permanentes y quienes presenten contratos laborales verificables. Solicitantes enfrentan demoras, tasas consulares (aprox. 50 USD), requisitos de solvencia (habitualmente 500 USD) y riesgos de fraude; las autoridades recomiendan verificar la situación en fuentes oficiales y usar únicamente abogados autorizados.
— Por VisaVerge.com