Puntos Clave
- Los refugiados admitidos antes del 27 de enero de 2025 siguen pudiendo solicitar la Tarjeta Verde tras un año en EE. UU.
- La orden del 27 de enero de 2025 suspendió USRAP, permitiendo excepciones caso por caso para admisiones muy puntuales.
- Los solicitantes deben presentar el Formulario I-485, probar residencia continua y superar controles de antecedentes.
(UNITED STATES) Un cambio clave sacude el panorama para quienes llegaron como refugiados entre enero de 2021 y febrero de 2025: pueden seguir solicitando la Tarjeta Verde (estatus de residente permanente), pero la ruta y las condiciones han cambiado desde que el Departamento de Seguridad Nacional y el Departamento de Estado autorizan excepciones caso por caso tras la suspensión del USRAP. Esta suspensión fue anunciada por el presidente para congelar nuevas admisiones bajo este programa a partir del 27 de enero de 2025.

La medida tiene efectos prácticos claros para:
– Miles de personas que ya estaban en el país.
– Quienes están a punto de ingresar.
– Familias que esperan aclaraciones sobre sus derechos y deberes una vez que alcanzan un año de residencia.
¿Pueden los refugiados solicitantes ajustar su estatus?
La pregunta central es si los refugiados admitidos en 2021, 2022, 2023 o 2024 deben esperar o pueden avanzar con la regularización.
La respuesta, hasta ahora, es que sí pueden solicitar la Tarjeta Verde una vez que cumplan un año de residencia tras su ingreso como refugiados. Esta regla se mantiene pese a la suspensión del USRAP.
Ejemplo:
– Un refugiado admitido el 15 de enero de 2024 podría presentar la solicitud de ajuste de estatus a partir del 15 de enero de 2025.
Requisitos y proceso (resumen práctico)
Las condiciones habituales de elegibilidad para presentar el Form I-485 se mantienen:
– Residencia continua en el país.
– Buen comportamiento moral.
– Ausencia de ciertos delitos que desalienten la elegibilidad.
El Formulario principal:
– Form I-485, “Application to Register Permanent Residence or Adjust Status”, sigue siendo el mecanismo principal.
– Al presentar el I-485, debe acompañarse de pruebas que demuestren:
– La condición de refugiado.
– La residencia continua en Estados Unidos.
– La adherencia a las normas de elegibilidad.
Excepciones y admisiones tras la suspensión del USRAP
Aunque la regla general es la suspensión de nuevas admisiones, la orden ejecutiva del presidente permite la admisión de refugiados bajo condiciones específicas:
– Evaluación caso por caso.
– Que la admisión sea de interés nacional.
– Que no comprometa la seguridad o el bienestar del país.
En la práctica:
– Algunos refugiados podrían ingresar por motivos excepcionales.
– Una vez dentro, podrían iniciar el trámite hacia la Tarjeta Verde tras un año, si cumplen requisitos habituales.
Analistas consideran que estas decisiones buscan equilibrar la necesidad humanitaria con consideraciones de seguridad y capacidad de procesamiento, lo que añade una capa de complejidad para la planificación a largo plazo.
Recomendaciones prácticas para refugiados ya en EE. UU.
Si fue admitido como refugiado antes del 27 de enero de 2025, tenga en cuenta:
– Su elegibilidad para presentar el Form I-485 no se ve automáticamente suspendida por la pausa del USRAP.
– Es crucial verificar el estado de su expediente y reunirse con un asesor de inmigración.
Pasos recomendados:
1. Confirmar la fecha de admisión (para calcular el año de espera).
2. Revisar continuidad de residencia y conducta.
3. Reunir pruebas documentales (estatus de refugiado, pruebas de residencia, antecedentes).
4. Presentar el Form I-485 cuando cumpla el año y reúna requisitos.
La coordinación entre USCIS y el Departamento de Estado es determinante para confirmar condiciones y gestionar excepciones.
Impacto humano y social
Para las familias refugiadas, el año de espera es también una ventana para:
– Consolidar su vida en comunidades de acogida.
– Buscar empleo y escolarización para jóvenes.
– Planificar estabilidad a mediano y largo plazo (por ejemplo, jubilación para adultos mayores).
Los derechos de los refugiados en este periodo dependen de la capacidad del sistema para cumplir con procesos, plazos y criterios, incluso cuando la entrada de nuevos solicitantes está más restringida.
Diferencias según fecha de admisión
- Para quienes fueron admitidos entre enero de 2021 y enero de 2025:
- La Tarjeta Verde continúa siendo una meta alcanzable tras cumplir un año de residencia, salvo circunstancias que afecten la elegibilidad individual (cambios conductuales, prohibiciones nuevas, etc.).
- Para quienes recibieron admisión después del 27 de enero de 2025:
- La vía hacia la residencia permanente se limita a excepciones raras, evaluadas caso por caso por las Secretarías de Estado y Seguridad Nacional.
Este nuevo marco puede complicar la planificación migratoria a largo plazo y crear incertidumbres sobre la predictibilidad del proceso.
Recursos y asesoría
Las organizaciones de defensa de migrantes y expertos legales recomiendan:
– Mantener la información actualizada.
– Consultar recursos oficiales para evitar errores que perjudiquen el proceso.
Recursos clave:
– El sitio oficial de USCIS ofrece guías actualizadas sobre cómo presentar el Form I-485 y las pruebas necesarias.
– Revisar instrucciones y formularios en el portal oficial, y monitorear cambios en políticas o excepciones aprobadas.
Enlaces relevantes:
– USCIS
– I-485
Recomendaciones de apoyo:
– Buscar asesoría legal especializada.
– Contactar apoyos comunitarios para asistencia en la recopilación de documentos, pruebas de residencia e historial moral.
Advertencias y prioridades
Es vital vigilar cambios administrativos y consultar fuentes oficiales. La suspensión de USRAP no elimina la vía de ajuste para quienes ya están en EE. UU. y cumplen requisitos, pero sí introduce mayor complejidad para nuevas admisiones.
Puntos críticos a recordar:
– Plazos: contar un año desde la admisión como refugiado para presentar el I-485.
– Documentación: reunir evidencia sólida de su condición y residencia continua.
– Asesoría: buscar ayuda profesional para evitar errores que puedan afectar la elegibilidad.
Conclusión
En resumen:
– Los refugiados que llegaron entre enero de 2021 y enero de 2025 pueden solicitar la Tarjeta Verde un año después de su llegada, siempre que cumplan los requisitos habituales.
– Los admitidos después del 27 de enero de 2025 sólo podrán acceder a la residencia permanente mediante excepciones raras y evaluadas individualmente.
– La suspensión del USRAP no afecta automáticamente a quienes ya están en el país y cumplen los requisitos para presentar el Form I-485, aunque sí cambia la lógica de admisión y exige vigilancia constante de las políticas.
Se recomienda a las familias y personas afectadas mantener una actitud proactiva: revisar información oficial regularmente, consultar el sitio USCIS, y buscar asesoría legal y comunitaria para asegurar un proceso correcto y oportuno.
Aprende Hoy
USRAP → Programa de Admisión de Refugiados de EE. UU., que gestiona la entrada de refugiados al país.
Formulario I-485 → Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar estatus en EE. UU., usada para pedir la Tarjeta Verde.
Residencia física de un año → Requisito legal que obliga a vivir en EE. UU. al menos un año continuo antes de solicitar el ajuste.
Excepciones caso por caso → Admisiones excepcionales autorizadas por el Secretario de Estado y el Secretario de Seguridad Nacional.
Este Artículo en Resumen
La pausa del USRAP, anunciada el 27 de enero de 2025, detiene la mayoría de nuevas admisiones pero no impide que los refugiados admitidos entre enero de 2021 y fines de enero de 2025 soliciten la Tarjeta Verde después de un año de residencia física. Deben presentar el Form I-485, demostrar residencia continua y aprobar controles de seguridad. Las admisiones posteriores pueden ocurrir en casos muy concretos y raros, evaluadas individualmente por autoridades federales.
— Por VisaVerge.com
