Puntos Clave
- La defensa afirma que DOJ, DHS e ICE amenazaron con deportación a Uganda para coaccionar culpabilidad, según moción del 23/08/2025.
- ICE fijó el 25 de agosto de 2025 como plazo para aceptar la salida a Costa Rica o retirar la oferta.
- Abrego García fue liberado el 22/08/2025 y enfrenta juicio por contrabando humano programado para el 27/01/2027.
Las alegaciones de los abogados de Kilmar Abrego Garcia sostienen que funcionarios federales intentaron coaccionar una declaración de culpabilidad mediante la amenaza de deportación a Uganda. La presentación judicial del 23 de agosto de 2025 afirma que el Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Nacional y ICE usaron esa amenaza como palanca en negociaciones de culpabilidad por cargos de contrabando humano.

La moción indica que el gobierno ofreció inicialmente un pacto que implicaba la deportación a Costa Rica, y que cuando Abrego Garcia rechazó esa vía le dijeron que podría ser deportado a Uganda.
Cronología y hechos relevantes
- Según los registros, Abrego Garcia, ciudadano salvadoreño, fue deportado erróneamente en marzo de 2025 y luego regresó a Estados Unidos para enfrentar cargos penales.
- El 22 de agosto de 2025, tras su liberación de la custodia criminal en Tennessee, fue trasladado a Maryland.
- El 23 de agosto de 2025 sus abogados presentaron la moción que describe las supuestas tácticas del gobierno.
- ICE ordenó que Abrego Garcia se presentara en la oficina de Baltimore el lunes 25 de agosto de 2025 y advirtió que la oferta de Costa Rica expiraría esa fecha.
Alegaciones centrales de la defensa
- Los abogados sostienen que la alternativa presentada —deportación a Uganda— pondría en riesgo la seguridad y la libertad de Abrego Garcia, quien no tiene vínculos conocidos con ese país.
- La moción alega que ese enfoque equivale a coaccionar una declaración de culpabilidad y viola garantías procesales.
- Las acusaciones plantean cuestiones jurídicas sobre hasta qué punto la inmigración puede usarse para presionar a acusados no ciudadanos en procesos penales y si existen límites constitucionales o de derechos humanos a esas prácticas.
“La amenaza de deportación a un tercer país sin vínculos con el imputado puede constituir coerción y afectar la validez de acuerdos o declaraciones”, según la lógica que exponen los argumentos de la defensa y defensores de derechos humanos.
Reacciones y voces expertas
- Expertos en derecho y defensores de inmigrantes han criticado la rareza de amenazar con la deportación a un tercer país donde el imputado no tiene ciudadanía ni lazos.
- Advierten sobre el precedente que ello crearía si se permitiera usar destinos de expulsión como instrumento de negociación penal.
- Funcionarios del DHS y ICE no habían respondido públicamente a la moción al momento del trámite.
- La secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, criticó la liberación del acusado en términos severos, utilizando etiquetas que el gobierno afirma reflejan su peligrosidad.
Impacto procesal y plazos
- La moción y los plazos procesales pueden influir en la estrategia de la Fiscalía, que enfrenta un juicio por presunto contrabando humano fijado para el 27 de enero de 2027.
- Si la corte concluye que la amenaza de enviarle a un tercer país fue coercitiva, las declaraciones o acuerdos alcanzados bajo esa presión podrían ser impugnados.
- Los plazos son precisos: 25 de agosto de 2025 fue la fecha límite comunicada para aceptar el pacto que implicaba salida hacia Costa Rica, según la moción.
Aspectos legales y derechos humanos
- Los defensores de derechos humanos subrayan que la deportación forzada a un país sin vínculos puede violar normas internacionales si existe riesgo de persecución o maltrato.
- El caso pone en foco una práctica poco habitual: emplear destinos de expulsión como instrumento de negociación penal.
- En la presentación se detalla que Costa Rica aceptaría su recepción solo tras el cumplimiento de cualquier pena impuesta en Estados Unidos, una limitación que complicó el acuerdo inicial.
Posibles consecuencias jurídicas
- La defensa solicita que el tribunal examine si la conducta de las agencias violó procedimientos y si debe apartarse cualquier resultado obtenido bajo coacción.
- Desde la perspectiva práctica, el caso afectará a acusados no ciudadanos que enfrentan presión combinada de fiscalía e inmigración; podría limitar el poder de la fiscalía para condicionar acuerdos a destinos de expulsión exóticos.
- La decisión judicial también puede fijar estándares sobre la separación entre persecución penal y coerción administrativa migratoria.
Próximos pasos y recursos
- Abrego Garcia deberá comparecer en la oficina de ICE en Baltimore según la orden; los próximos movimientos determinarán si la oferta de Costa Rica sigue disponible o si la agencia procede con la alternativa señalada.
- Para seguimiento de documentos oficiales y presentaciones del tribunal, la moción remite a los expedientes del Tribunal de Distrito de Maryland; las partes y el público pueden consultar el expediente para ver las pruebas y las respuestas.
- Para noticias oficiales sobre inmigración y procedimientos de deportación, se puede consultar la página de ICE (https://www.ice.gov).
Análisis y contexto adicional
- Según análisis de VisaVerge.com, la táctica señalada en este caso es inusual y podría provocar litigios adicionales sobre los límites del poder migratorio cuando éste se cruza con la acusación penal.
- La situación humana detrás del expediente merece atención: abogados y activistas piden que el tribunal considere el riesgo personal y la historia de deportación errónea del acusado antes de permitir que la coerción determine el curso de su proceso penal.
Implicaciones para políticas y práctica futura
- El caso invita a un debate público sobre cómo equilibrar la seguridad pública y las garantías procesales, especialmente cuando la pena o la expulsión son parte de la negociación.
- Si el tribunal actúa en favor de la defensa, podría:
- Frenar prácticas agresivas de condicionamiento de acuerdos.
- Dar mayor protección a acusados no ciudadanos que temen ser obligados a escoger entre admitir culpabilidad o aceptar destinos de expulsión peligrosos.
- Si decide en sentido contrario, podría:
- Fortalecer el poder de la fiscalía para condicionar acuerdos.
- Abrir camino a prácticas similares en casos futuros.
Evidencia y pruebas relevantes
- Para organizaciones y abogados que siguen el caso, la atención se centrará en los documentos que prueben la comunicación entre ICE, DHS y fiscales sobre las opciones de deportación.
- Un factor clave será la evidencia documental o testifical que pruebe que la alternativa de expulsión a Uganda fue planteada como castigo o sanción adicional por no aceptar el trato.
- Los defensores piden que se considere la deportación errónea previa en marzo de 2025 como parte de la historia que demuestra riesgo y trato indebido.
Recursos procesales y remedios solicitados
- Los abogados pueden pedir al tribunal medidas provisionales que impidan la expulsión mientras se resuelven las impugnaciones a los acuerdos.
- Ese tipo de solicitudes suelen exigir evidencia sobre:
- La probabilidad de éxito en el reclamo principal.
- El daño irreparable que la deportación causaría si se ejecuta.
Consideraciones humanas y éticas
- En el plano humano, los casos donde se amenaza con enviar a una persona a un país extraño sin conexiones generan ansiedad extrema y limitan la capacidad de defensa.
- Las personas pueden aceptar acuerdos por temor a peores consecuencias; por ello, abogados defensores suelen documentar amenazas y presiones en mociones y pedir que los acuerdos obtenidos bajo influencia indebida sean anulados.
Estado actual y seguimiento
- En los próximos meses los jueces del Tribunal de Distrito de Maryland decidirán si la conducta denunciada excede las facultades administrativas y penales del gobierno.
- La comparecencia programada para el 25 de agosto y la posible retirada de la oferta de Costa Rica mantienen el caso en una fase crítica donde cada movimiento puede cambiar las opciones legales disponibles para Abrego Garcia.
- La atención mediática y legal probablemente crecerá conforme se acerque la fecha del juicio, y las decisiones de este periodo pueden resonar más allá de este expediente individual al afectar prácticas de cooperación entre fiscalía e inmigración.
Para actualizaciones: siga las comunicaciones oficiales de DHS y ICE, consulte el expediente judicial del Tribunal de Distrito de Maryland y la página de ICE (https://www.ice.gov) para verificar movimientos procesales y declaraciones formales.
Aprende Hoy
Deportación a tercer país → Expulsión a un país que no es ni el país de origen ni el de ciudadanía del afectado.
Garantías procesales → Principios legales que requieren que el gobierno actúe con justicia, notifique y permita defensa antes de privar derechos.
Acuerdo de culpabilidad → Pacto por el cual el acusado se declara culpable a cambio de beneficios como cargos reducidos o sentencia menor.
ICE (U.S. Immigration and Customs Enforcement) → Agencia federal encargada de la aplicación de la ley migratoria y las operaciones de detención y expulsión en EE. UU.
DHS (Departamento de Seguridad Nacional) → Departamento federal que supervisa la seguridad fronteriza, inmigración y agencias relacionadas.
Coacción en negociaciones → Uso de amenazas o presiones indebidas, como la deportación, para forzar una declaración de culpabilidad.
Contrabando humano → Delito que implica ayudar o transportar personas a través de fronteras de forma ilegal, generalmente por lucro.
Oficina de campo de ICE → Oficina local de ICE que gestiona acciones de cumplimiento, procesamiento de detenidos y operaciones regionales.
Este Artículo en Resumen
La defensa afirma que DOJ, DHS e ICE amenazaron con deportar a Uganda para forzar a Kilmar Abrego Garcia a aceptar un pacto hacia Costa Rica con plazo hasta el 25/08/2025; la moción alega violación del debido proceso.
— Por VisaVerge.com